IMPUESTO PAÍS. Procedimiento especial de devolución de pagos a cuenta no computados
La Resolución General ARCA 5720/2025 implementó un procedimiento especial para que los importadores recuperen los pagos a cuenta del Impuesto PAÍS que no hayan podido computarse total o parcialmente.
📌 Antecedentes del Impuesto PAÍS en Importaciones
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Creado por la Ley 27.541 (Decreto 99/2019) en el marco de la Emergencia Pública.
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Originalmente aplicable a compra de divisas, luego extendido a importaciones de bienes (Decreto 682/2022 y 377/2023).
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Vigencia: 23/12/2019 al 22/12/2024.
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En algunos casos, se estableció un pago a cuenta del 95%.
🔍 ¿Quiénes Pueden Recuperar el Impuesto PAÍS?
Primera Etapa (8/7 al 22/8/2025):
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Importaciones con reducción de alícuota (Decreto 777/2025).
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Importaciones temporarias o en Zona Franca (Decreto 14/2024).
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Operaciones con acuerdos de precios (Decreto 433/2023).
Segunda Etapa: Quienes no entren en los casos anteriores podrán solicitarlo luego.
📝 Procedimiento para la Devolución
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Ingresar al servicio en ARCA y completar la Declaración Jurada (DJIP).
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Validación automática: ARCA cotejará los datos con sus bases.
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Crédito generado:
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Se asignará un Medio de Pago IV en el sistema MALVINA (SIM).
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Plazos de devolución según monto:
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Hasta $4M: 1 cuota (8/9/2025).
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$4M a $10M: 6, 12 o 24 cuotas (primeros 5 días hábiles de cada mes).
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⚙️ Carga Masiva (Archivo CSV)
ARCA habilitó un manual para subir datos mediante un archivo CSV con:
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Declaración (formato MALVINA).
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Monto a devolver (en pesos, sin separadores de miles).
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Motivo (A, B o C según decreto aplicable).
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Fecha de acceso al MLC (formato DDMMAAAA).
⚠️ Importante:
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El archivo debe generarse desde bloc de notas, guardarse como .txt y luego cambiar la extensión a .csv.
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No usar Excel para evitar rechazos.
📅 Fechas Clave
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Primera cuota: 8/9/2025.
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Cuotas siguientes: primeros 5 días hábiles de cada mes.
Este beneficio busca aliviar financieramente a los importadores que cumplieron con pagos anticipados no utilizables.