¿Qué establece la Resolución General CNV 1081/2025?
PRINCIPALES PUNTOS:
Qué se puede tokenizar
Ahora se permite representar digitalmente (tokenizar) varios instrumentos financieros:
- · Acciones (incluidas con doble cotización),
- · Obligaciones negociables,
- · CEDEARs (certificados que representan acciones extranjeras)
Equivalencia funcional
La representación digital tiene la misma validez legal y funcional que la versión tradicional: escritura o papel
Quienes pueden actuar como depositantes autorizados
Solo los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) registrados pueden intervenir como intermediarios autorizados, encargándose de custodia, negociación y administración digital, bajo estándares de seguridad estrictos
Seguridad, transparencia y segregación patrimonial
El marco regula los procesos tecnológicos informáticos (blockchain o TRD), la trazabilidad, la separación de patrimonio (los activos de los inversores no se mezclan con los de los PSAV), y medidas anti lavado y cumplimiento normativo
¿EN QUÉ INSTRUMENTOS SE APLICA LA TOKENIZACIÓN?
· Certificados de participación de fideicomisos financieros
Ejemplo: un fideicomiso que junta plata de inversores para comprar créditos, facturas o inmuebles.
Antes: te daban un certificado en papel o en una cuenta custodiada.
Ahora: podés tener un token digital que representa esa participación.
· Cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Cerrados (FCIC)
Ejemplo: un fondo que invierte en campos, edificios o proyectos inmobiliarios.
Antes: el inversor recibía un título que representaba su parte.
Ahora: se puede representar esa parte con un token que circula digitalmente.
¿POR QUÉ HACE ESTO LA CNV?
o Modernizar el mercado: llevarlo al mundo digital y blockchain.
o Más liquidez: un token se puede transferir más fácil y rápido que un papel.
o Accesibilidad: permite que más inversores participen, incluso con montos chicos.
o Transparencia y seguridad: los tokens quedan registrados en blockchain, lo que evita fraudes o manipulaciones.
o Cumplimiento legal: solo pueden ofrecerlos Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) autorizados, para asegurar control y protección.
En palabras simples: la CNV quiere que ciertos activos “del mundo real” (créditos, inmuebles, facturas, etc.) puedan convertirse en versiones digitales seguras, fáciles de transferir y con igual validez legal que los certificados tradicionales.